Código de consumo: esto es lo que cambia. Los consejos del abogado

Código de consumo: esto es lo que cambia. Los consejos del abogado
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Entró en vigor ayer, domingo 27 de septiembre, la reforma del Código de consumo de 2005, de conformidad con el decreto legislativo 20 de febrero de 2026, n.º 30. Precauciones y obligaciones para las empresas.
Breve introducción: el Decreto Legislativo, publicado en el Boletín Oficial de 9 de marzo de 2026, incorpora a nuestro ordenamiento la Directiva de la Unión Europa 2024/825 de 28 de febrero de 2024.
Las modificaciones giran en torno a tres grandes núcleos temáticos: durabilidad de los productos, greenwashing y obsolescencia tecnológica o programada.
Para profundizar, Christian Caserini, abogado de Lca Studio Legale, ha elaborado un decálogo que recoge las principales obligaciones y precauciones operativas para ayudar a las empresas a evitar sanciones.
La Autoridad garante de la competencia y del mercado (Agcm), recuerda el experto, supervisará la aplicación de las nuevas disposiciones: las infracciones se encuadran, de hecho, en la regulación general de las prácticas comerciales desleales, con la facultad, para la autoridad antimonopolio, de ordenar el cese de las conductas, disponer la publicación de las resoluciones e imponer sanciones pecuniarias.
Estos son los 10 puntos clave para la correcta conformidad operativa y contractual de los puntos de venta y del comercio electrónico.
Exponer el aviso armonizado oficial sobre la garantía legal (sin modificaciones)
Desde el 27 de septiembre de 2026, antes de que el consumidor quede vinculado por el contrato, surge la obligación de recordar la existencia de la garantía legal de conformidad (arts. 128 y ss. del Código de consumo) y la duración mínima de dos años, utilizando exclusivamente el modelo estándar europeo.
En los puntos de venta físicos, el aviso debe exponerse de forma claramente visible (por ejemplo, en caja o en las zonas de paso), en un formato no inferior a A4, reproducible en color o en blanco y negro, sin ninguna modificación en el diseño, el contenido o el código QR.
En las plataformas de comercio electrónico, la indicación debe estar disponible antes de finalizar la compra, obligatoriamente en color, en una posición accesible y con un código QR perfectamente funcional.
El aviso debe exponerse obligatoriamente también para los productos usados, aunque sigue siendo posible acordar un plazo de garantía reducido (nunca inferior a un año).
Reconocer y aplicar la etiqueta armonizada de mayor durabilidad de 2 años
El uso de la nueva etiqueta estándar (o Garan) se activa únicamente cuando concurren cuatro requisitos: garantía gratuita del fabricante, referida al bien en su conjunto, de duración superior a dos años y comunicada formalmente al minorista. Esta etiqueta, por cierto, sigue siendo voluntaria, pero se convierte en obligatoria cuando el propio fabricante asume dicho compromiso.
Características: la etiqueta debe indicar obligatoriamente la duración en años, la marca o el nombre del fabricante y el identificador del modelo.
En las tiendas, el tamaño mínimo es de 95 × 100 mm (en color o en blanco y negro), mientras que en línea se exige en color.
Está prohibido utilizar esta indicación para ampliaciones de pago, garantías del vendedor o coberturas parciales de componentes individuales.
Rediseñar el recorrido precontractual y el proceso de compra en línea
En las ventas digitales, la información sobre la garantía comercial de durabilidad debe aparecer de forma clara y visible inmediatamente antes del envío definitivo del pedido. Se permite una visualización denominada «anidada», siempre que la etiqueta completa aparezca con el primer clic, toque o paso del cursor.
También deben integrarse las informaciones precontractuales sobre las opciones de entrega de menor impacto ambiental (si están realmente disponibles) y sobre los servicios posventa.
Blindar los contratos de suministro y los flujos de datos técnicos desde el origen
De conformidad con los arts. 48, apartado 1, letra e-bis, y 49, apartado 1, letra n-bis del Código de consumo, el minorista no está obligado a buscar activamente la información entre los fabricantes: debe exponerla únicamente en la medida en que el fabricante se la ponga a disposición.
El mismo principio de exención se aplica a las actualizaciones de software y a la reparabilidad. Por ello, resulta esencial renovar los contratos de suministro y prever protocolos sistemáticos para recibir a tiempo datos sobre durabilidad, índice de reparabilidad de la UE, disponibilidad, costes y canales de pedido de las piezas de recambio.
Depurar las afirmaciones ambientales genéricas sobre venta, embalaje y publicidad
La reforma incluye en la lista negra de las prácticas desleales en cualquier circunstancia (anexo I del Código de consumo) el uso de expresiones genéricas como «verde», «ecológico», «sostenible» o «respetuoso con el medio ambiente», si no están respaldadas por una excelencia reconocida de las prestaciones ambientales.
También está prohibido reivindicar, como elemento distintivo, un beneficio que afecte únicamente a un componente o actividad concreta de la empresa, o presentar como valor añadido características que constituyen simples obligaciones legales previstas para todos los productos de la categoría.

El greenwashing es quizá la práctica más insidiosa, pero su represión no es el único objeto de la amplia revisión del Código de consumo
Poner fin a las afirmaciones basadas en la compensación de emisiones de gases de efecto invernadero
Se incluye expresamente entre las prácticas siempre prohibidas cualquier comunicación comercial que presente un producto con un impacto neutro, reducido o positivo sobre las emisiones de gases de efecto invernadero, si dicho resultado se basa únicamente en mecanismos de compensación (como créditos de carbono, reforestación o compensación indirecta), en lugar de en una reducción efectiva a lo largo del ciclo de vida del bien.
Auditar las marcas de sostenibilidad y los servicios de comparación
Está prohibido exhibir marcas, logotipos o etiquetas ecológicas que no hayan sido creados por una autoridad pública o que no se basen en un sistema de certificación verificable por terceros independientes (los distintivos de autocertificación interna ya no están permitidos).
Además, si el comercio electrónico incluye herramientas o servicios de comparación basados en parámetros ambientales, sociales o de reciclabilidad, es necesario hacer transparentes el método de comparación, los sujetos comparados y los criterios de actualización de los datos.
Transparencia absoluta sobre software, piezas de recambio y vida útil del producto
Se sancionan como desleales las prácticas destinadas a acortar artificialmente la vida útil de los productos o a desinformar al consumidor.
En particular, está prohibido comercializar bienes con límites de durabilidad preestablecidos (si el minorista los conoce); mentir sobre la reparabilidad real; presentar como indispensables actualizaciones de software que son simples mejoras accesorias u omitir sus efectos negativos sobre las prestaciones; inducir a sustituir los consumibles antes de tiempo o declarar falsamente que el uso de piezas de recambio no originales compromete el funcionamiento del dispositivo.
Construir el expediente probatorio para protegerse frente al riesgo sancionador de la Agcm
El D.lgs. 30/2026 no crea un régimen sancionador independiente, sino que encuadra las infracciones en la regulación general de las prácticas comerciales desleales (arts. 24–27-quater del Código de consumo).
En todo caso, la Agcm puede bloquear las ventas, ordenar la publicación de las resoluciones condenatorias e imponer sanciones pecuniarias importantes.
Es obligatorio archivar y tener preparadas pruebas documentales, peritajes y fichas técnicas que respalden cada afirmación individual de sostenibilidad o durabilidad expuesta en tienda o en línea.
Establecer un plan interno de conformidad entre los departamentos jurídico y de compras y las prácticas en tienda
La adaptación no puede quedar confinada al departamento jurídico. Es necesario contar con un plan de conformidad con plazos, funciones y controles periódicos.
Por tanto, conviene inventariar todos los canales (puntos de venta físicos, sitios propios, aplicaciones y marketplaces); revisar los embalajes, la cartelería en los pasillos, las fichas de producto en línea y las campañas en redes sociales; formar específicamente al personal encargado de las compras (para las relaciones con los proveedores), al departamento de marketing, al personal de caja y al servicio de atención al cliente, en contacto directo con el cliente final.
Este artículo fue traducido de la versión original en italiano con la ayuda de inteligencia artificial. En caso de discrepancias, consulte la versión original en italiano.